Vidal autoriza por decreto los despidos masivos en Provincia de Buenos Aires.


Bajo las premisas de la descentralización y la delegación, la gobernadora María Eugenia Vidal encendió la polémica, a través de la firma del decreto 230/16, con fecha del 28 de marzo 2016, que concede a todos los integrantes de su Gabinete de un sinnúmero de facultades en materia administrativa y de ocupación de personal.

Si la oposición más reticente al vidalismo había puesto el grito en el cielo tras el abultado pedido de endeudamiento y la estrategia de aferrar la gobernabilidad al mecanismo de emergencias en función de un escaso rol de los organismos de control fijados por la Constitución Provincial, las nuevas atribuciones de las que gozarán sus ministros serán un tema candente de discusión en la esfera de la política provincial.

Entre los considerandos del mencionado Decreto, que está firmado por la totalidad de sus ministros, secretarios, el asesor general de Gobierno y el vicegobernador, la gobernadora Vidal alega “la conveniencia de ampliar los alcances de las delegaciones practicadas, a fin de alcanzar el logro de una eficiente y eficaz descentralización administrativa”, ya que considera “imprescindible ampliar y uniformar la normativa provincial en materia de delegación”.

En ese marco, delega en sus Ministros, Secretarios del Poder Ejecutivo, Titulares de los Organismos de la Constitución y el Asesor General de Gobierno, “el ejercicio de una serie de facultades atribuidas a la Gobernadora”.

Entre las aptitudes administrativas descriptas en el decreto, se encuentran la habilitación para “dar intervención al Fiscal de Estado para la promoción de acciones judiciales; aclarar errores materiales incurridos en Decretos; y aprobar convenios de avenimiento que tengan por objeto la adquisición del dominio, constitución de servidumbres administrativas o la ocupación temporaria de inmuebles”.

Además, los integrantes del Poder Ejecutivo podrán “fijar el precio de venta y la forma de pago de los inmuebles afectados al régimen de colonización”, como así también “conceder prórrogas y aceptar amortizaciones extraordinarias”, al tiempo que estarán facultados para “otorgar permisos y concesiones de uso sobre inmuebles afectados al uso de sus respectivos ministerios y/o reparticiones autárquicas de su dependencia”.

También estarán en condiciones de "dar soluciones a reclamos de deuda por desvalorización monetaria y reconocimiento de intereses”, y se los habilita para incorporar al patrimonio fiscal “vehículos automotores”, además de otorgar concesiones provinciales para “servicios de Transporte Público de Pasajeros”, lo que implica autorizar la extensión, ramificación, desdoblamiento o modificación de recorridos.

Otras de sus facultades serán “autorizar transferencias de la titularidad de servicios públicos de autotransporte de pasajeros” y, en lo que representa uno de los puntos más controversiales, “autorizar la realización de obras hidráulicas menores en terrenos de propiedad del solicitante”, al igual que disponer de la autorización del abono de deudas mantenidas con la Provincia “en concepto de canon por ocupación de tierras fiscales”.

La mandataria provincial también consignó a los actores mencionados anteriormente una serie de facultades en materia de personal atribuidas a su cargo, como “designar agentes comprendidos en otros regímenes estatutarios especiales, con excepción del personal de planta permanente con estabilidad y del personal sin estabilidad”.

Disponer “los ceses de personal excluido de planta permanente sin estabilidad y los supuestos de pasividad anticipada” es otro de los puntos establecidos, que incide directamente en la ocupación y desocupación del agente estatal. A su vez, estarán legitimados para “ampliar suspensiones preventivas y disponibilidades relativas”, otorgar licencias, disponer ascensos, traslados de agentes dentro de cada jurisdicción y consignar “calificaciones del personal”.

Comentarios

  1. No puedo entender tanta animalada junta..esta mujer...es o se hace????

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