Macri con la mira en la baja de salarios.


La mayoría de los convenios colectivos de rama o actividad económica actualmente vigentes establecidos entre sindicatos y cámaras empresarias, fueron homologados por el Estado en los últimos 13 años. Además, los convenios cuyos contenidos generales se acordaron previamente –en la última cuarta parte del siglo XX– en los últimos años fueron actualizados en aspectos fundamentales. En nuestro país se contabilizan 506 convenios de este tipo regulados en el marco de la ley 14.250, que abarcan aproximadamente el 95 por ciento de los trabajadores del sector privado y algunos organismos estatales (como ANSES y AFIP). El 54 por ciento de esos convenios fueron homologados en el presente siglo (Dirección de Estudios de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, 2015).

Entre los provenientes del siglo pasado, los más “antiguos” comprenden el 22 por ciento y fueron firmados en 1975. Cabe interrogarse por las razones de su continuidad como marco de acuerdos para sindicatos y cámaras empresarias. Como se trata de acuerdos entre actores diferenciados, para responder este interrogante resulta necesario estudiar la evolución de los salarios, las categorías de trabajadores y las condiciones de trabajo de cada rama o actividad en particular.

Una de las conclusiones generales de esta exploración es lo que podríamos denominar capacidad de los actores de las relaciones laborales para adaptar el convenio a cambios de situaciones específicas. Un ejemplo, tal vez el más destacado, es el convenio N°260 del año 1975, firmado entre la Unión Obrera Metalúrgica y diversas cámaras empresarias del sector. En el año 2013, el sindicato y las cámaras empresarias concluyeron “…la discusión y análisis de las descripciones de puestos y funciones correspondientes a la categoría de oficial múltiple… teniendo en cuenta los avances tecnológicos y modificaciones organizativas operadas en las unidades productivas de los distintos sectores… que no estuvieran contempladas en la descripción actual de tareas, a propósito de la… creación de una nueva categoría.” Se incorporaron finalmente al convenio dos nuevas categorías “por arriba” de la escala salarial previa, la de “oficial superior” y la de “oficial múltiple superior”, vinculadas en ambos casos con la operación de máquinas herramientas comandadas por control numérico. Es decir, se elevó el “techo” salarial, incorporando trabajadores cuya formación y experiencia reflejaban las nuevas calificaciones emergentes en la industria.

El ejemplo de la metalurgia refleja claramente que si bien el convenio data de 1975, el vigente actualmente incluye las modificaciones que las partes introdujeron en el período, entre ellos la nueva escala de 2013 adaptada a los cambios tecnológicos. Esto es tan obvio que sólo la pereza intelectual habilita afirmaciones en sentido opuesto sobre sindicatos y empresas que establecerían acuerdos salariales sobre viejas categorías de trabajadores que ya no existen.

La información expuesta cubre prácticamente el total de los 6,3 millones de trabajadores del sector privado, pero no considera los pactados en otros marcos legales que la ley 14.250. En particular, no considera a los convenios colectivos regulados por normas legales diferentes correspondientes a los 3,6 millones de trabajadores del sector público, entre las que se destacan los trabajadores de la administración (en sus tres niveles, nacional, provincial y municipal), y los docentes de todos los niveles de enseñanza, en su mayoría estatales. Los convenios de estos trabajadores fueron homologados casi en su totalidad en el curso de los últimos años. En síntesis, los convenios colectivos que rigen actualmente las relaciones laborales en Argentina fueron establecidos totalmente, o adaptados en partes sustantivas, en el presente siglo.

Héctor Palomino, Profesor de Relaciones del Trabajo, investigador del Iealc-UBA.

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