Panamá Papers: Macri investigado por lavado de dinero.


El fiscal Federico Delgado presentó hoy un dictamen ante el juez federal Sebastián Casanello en el que afirmó que, a casi un año del inicio de la causa (derivada de los Panamá Papers), es necesario "hacer algunas precisiones, señalar algunos riesgos y aclarar qué problemas tiene la investigación y como se pueden solucionar".

"Es necesario hacerlo por los rasgos de una investigación que envuelve al Señor Presidente y a algunos de sus familiares. Esta investigación debe terminar en un lapso breve. Si el proceso penal debe ser relativamente rápido en todos los casos, si la respuesta judicial debe ser clara, rápida, legítima, comprensible y justa siempre, en éste caso más aún. Por esa razón, hay que explicar al demos que se hizo para esclarecer los hechos, que falta, como se lo puede conseguir y que consecuencias tiene para la causa que los insumos que restan se obtengan o no".

1 - FALTA DE COLABORACIÓN
Gran parte de ella desde el plano de los principios debería provenir de terceros Estados. Sólo la colaboración de potencias extranjeras permitiría reconstruir con precisión estos hechos que empezaron hace casi 20 años.

Si bien se libraron los pedidos de ayuda correspondientes, la suerte de esos pedidos no escapa a una regla de hecho: los países firman tratados de colaboración y asumen el compromiso moral de colaborar, pero que esa colaboración se haga efectiva depende de algo más que el texto de la ley.

En general se requiere la pericia del Estado que pide y las ganas del que tiene que responder. Todo este rodeo lo hicimos para remarcar que la principal fuente de información hasta el momento no suministró ningún dato relevante.

2 - COTEJO DE INFORMACIÓN
Franco Macri acompañó un escrito cuyas aseveraciones hay que cotejar, de acuerdo al artículo 304 CPPN. Algunas de sus afirmaciones carecen de respaldo documental, otras no y deben ser chequeadas. Por ejemplo, y esto es decisivo, obtener informes bancarios sobre los $9 .500.000 de pesos/dólares que se debitaron desde su cuenta para comprar las acciones de Owners, compararlos con otras fechas de los hechos, ya que su resultado podría resignificar el camino del expediente.

3 - EL GRUPO MACRI Y EL PRESIDENTE
Los $ 9.500.000 que recibió “Socma Americana” coinciden con tres operaciones más que hacen sociedades controladas por los Macri en un tiempo corto. Otra característica constante: la sociedad controlante siempre fue “Socma Americana S.A”.

Reducir la causa al comportamiento de Mauricio Macri, de acuerdo a los límites del affaire “Panama Papers”, sería consagrar la impunidad. El Señor Presidente de la Nación fue parte de un conglomerado empresarial mucho más amplio.

4 - UN MECANISMO PERVERSO
Los jueces y fiscales no pueden acceder por si a información del exterior. Sólo pueden hacerlo a través del Poder Ejecutivo. Tampoco pueden obtener información de carácter financiero. Para eso está la Unidad de Investigación Financiera que no puede limitarse a un mecanismo casi perverso: suministra información que obtiene de otras oficinas similares, pero se compromete a que los jueces no la utilicen en sus investigaciones.

Les avisa que está el elemento de prueba, pero les aclara que deben chequearla oficialmente ¿Cómo? Mediante un exhorto. ¿Quién diligencia un exhorto? El Poder Ejecutivo.

5 - FUGA DE DIVISAS
El Informe Final sobre Fuga de Divisas en la Argentina confeccionado por la Comisión Especial de la Cámara de Diputados del 2001 establece que, sólo en el año 2001, las sociedades del Grupo Macri giraron al exterior un total de US$ 53.681.210, a través de un total de 64 operaciones.

6 - EMPRESAS OFF SHORE
Las guaridas fiscales y las empresas off-shore tienen como funcionalidad ocultar, facilitar y estructurar maniobras de fuga de capitales, elusión y evasión fiscal, así como ocultar la procedencia de dinero ilegítimo, ya sea proveniente del narcotráfico, la trata de personas o la corrupción.

7 - OMISIÓN MALICIOSA
Desde un comienzo en base a los hechos denunciados, el objeto de investigación quedó delimitado en dos dimensiones. Una de ellas en torno a la verificación de una posible omisión, realizada con intención y voluntad, por parte de Mauricio Macri de declarar su participación societaria en las empresas “Kagemusha” y “Fleg Trading”. La otra, anclada en determinar si la “vida social” de las empresas infringió algún tipo penal y, en ese caso, si Mauricio Macri tuvo que ver con la puesta en movimiento de ese comportamiento societal.

Este último segmento, quizá el simbólicamente más relevante, está a punto de ser esclarecido a partir de la información que suministró su padre el 12 de diciembre de 2016, más allá del resultado general de la investigación.

8 - LAVADO DE DINERO
Los acontecimientos que se desarrollaron partir de la creación de “Fleg” evidentemente presentan los rasgos de lo que se conoce como “Lavado de Dinero”.

Repasemos. Se trata de inversiones cuyo origen se desconoce, de sociedades que se disuelven dentro de otras sociedades muchas veces compartiendo domicilios e incluso socios, de sociedades que al disolverse se van mudando de país, de sociedades que nacen con personas físicas y que luego forman sociedades cuyos órganos son otras sociedades cuya voluntad se encarna en personas de las no se conocen sus rostros con facilidad.

9 - FONDOS DE ORIGEN DUDOSO
El lavado es una maniobra en tres pasos. El primero tiene que ver con la posibilidad de disponer de una masa de dinero de origen ilícito. El segundo con operaciones financieras complejas cuyo norte es borrar los pecados de origen de esa masa de dinero. El tercero con introducir al circuito formal el dinero que fue lavado en fase dos. En nuestro caso es, como hipótesis de mínima, dudoso el origen de los fondos con que se valió “Fleg” para adquirir las acciones de “Owners”.

10 - LA CANCILLERÍA Y LA UIF
Esta vez no se puede achacar al sistema judicial mora o desidia porque la causa requiere insumos que ni el juez ni la fiscalía pueden conseguir por sí mismos. Es preciso que el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Unidad de Información Financiera ponderen la necesidad de elaborar mecanismos de colaboración que revelen acciones sustantivas; es decir que se desplacen desde el plano formal típico de responder mediante notas los requerimientos judiciales, hacia acciones efectivas de recolección de la información que el Señor juez instructor.

11 - EL JUEZ CASANELLO
Por esta razón la fiscalía requiere al Señor magistrado que notifique a esas ramas del ejecutivo la importancia para la investigación de las pruebas requeridas al exterior y que si esa información no se consigue, inexorablemente este segmento del expediente deberá encaminarse hacia el análisis de hechos parcialmente reconstruidos a la luz de figuras penales remanentes como la evasión tributaria.

El fiscal federal Federico Delgado pidió que se incluya al empresario Franco Macri por presunto lavado de dinero en el caso conocido como Panamá Papers donde también se intenta determinar si el presidente de la Nación Mauricio Macri omitió su participación en sociedades offshore.


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